Tras el arresto de un joven que es menor de 18 años, surge la interrogante de si este será privado de su libertad y deberá estar recluido mientras se celebra el juicio. Pero esto depende de lo que se determine en la audiencia de detención, en la cual el juez examina el caso y evalúa una serie de factores para finalmente decidir si es conveniente que el joven permanezca en su hogar bajo la supervisión de sus padres, o si debe permanecer recluido ya que representa un peligro para la sociedad debido a la gravedad de los hechos o su historial criminal.

En este artículo, conoceremos en qué consiste esta audiencia, así como también las decisiones que resultan de la misma y su importancia en el proceso penal.

Si usted o un menor de edad que conoce ha sido acusado de cometer un delito, es esencial que cuente con la asesoría de un abogado de Chula Vista Criminal Attorney, la cual está ubicada en Chula Vista, California. De esta forma, no deberá sufrir las graves repercusiones que estas acusaciones pueden tener en su vida, ya que estamos ampliamente capacitados para ejercer una defensa idónea durante el proceso judicial para que el juez rechace la petición que ha sido presentada en su contra.

¿Cómo inicia el procedimiento en el tribunal de menores?

Los casos que son juzgados en el tribunal de menores comienzan cuando un joven menor de 18 años es sospechoso de cometer un acto delictivo y los funcionarios policiales lo enfrentan. Cuando los actos en los que ha incurrido no se consideran graves, es posible que la policía lo deje libre con una reprimenda. En otras ocasiones, se le permite regresar a casa con sus tutores legales o padres, pero es citado para que comparezca ante el tribunal en una fecha específica.

Uno de los propósitos del sistema de justicia juvenil es satisfacer el interés superior del menor, por lo que este es tomado en cuenta por los funcionarios que participan en el proceso, incluso antes de que se presente una acusación formal mediante la petición.

Por esta razón, es posible que los mismos policías le permitan someterse a un programa de desviación, el cual se dicta antes de que se presenten los cargos en su contra. Si lo completa con éxito, el juez nunca presentará la petición en el procedimiento judicial, por lo que no deberá someterse a un juicio. Este suele durar 6 meses y generalmente es impuesto cuando se trata de un delito menor. Además, las condiciones que debe cumplir con el programa están orientadas a lograr su rehabilitación y evitar la reincidencia. Entre ellas, se encuentran el deber de cumplir con terapia psicológica y clases educativas relacionadas con la naturaleza del delito que ha cometido.

Pero cuando la policía considera que el caso es más complejo y posiblemente requiera de la intervención de un juez, traslada al joven al correccional de menores. Esta institución es dirigida por un funcionario a cargo de la libertad condicional, el cual evalúa el caso e interroga al menor, con el propósito de determinar si lo más adecuado es que este permanezca recluido en este sitio. El criterio que algunas veces utiliza este funcionario para decidir, es que el menor haya incurrido en un delito que sea considerado grave, debido a que este centro tiene una capacidad limitada. Al igual que el policía que llevó a cabo el arresto, este funcionario está facultado para tomar varias decisiones, las cuales son las siguientes:

  • Permitirle volver a su hogar, pero otorgarle una citación para que se presente en el tribunal en la fecha indicada.
  • Imponer un programa de desviación bajo una libertad condicional que, si cumple por completo conducirá a que el fiscal no presente la petición en el tribunal.
  • Obligarlo a estar recluido en el centro de detención hasta que deba asistir a la audiencia de detención en el tribunal de menores.

¿En qué consisten las audiencias de detención?

Si luego del arresto, la policía trasladó al menor al centro de detención y fue admitido por el funcionario a cargo de la libertad condicional, este remite el caso al fiscal para que presente la petición en el tribunal de menores, la cual equivale a la acusación en el tribunal penal de adultos. Con este acto, inicia el proceso judicial.

Este procedimiento está constituido por varias audiencias. La primera de ellas es la audiencia de detención, y el propósito de la misma es dilucidar si el menor debe permanecer recluido en el centro correccional hasta que finalice el proceso y se emita la sentencia, o si es más adecuado que esté en su hogar siendo supervisado y se presente en el tribunal cada vez que se requiera.

Sin embargo, ya que la prioridad es lograr la rehabilitación del menor, el fiscal procurará imponer un programa comunitario en vez de presentar cargos, salvo que lo considere necesario.

¿En el tribunal de menores existe el derecho al pago de una fianza?

En el tribunal penal de adultos, es posible que aquellas personas que hayan sido privadas de su libertad en un centro de detención mientras dura el juicio, salgan en libertad si pagan una fianza. Pero este derecho no existe para los menores de edad que son juzgados en el tribunal de menores, ya que sólo es posible que concluya la reclusión si así lo decide el juez en la audiencia de detención. Por lo que es fundamental que se ejerza una defensa adecuada durante esta audiencia, para lograr que el joven pueda estar bajo la custodia de sus padres hasta que culmine el juicio.

¿Cuándo se celebra la audiencia?

De conformidad con la ley, el lapso en que se debe llevar a cabo esta audiencia depende de las características del delito que se le acusa de cometer. Dado que, si se considera un delito menor en el que no se empleó violencia, debe ocurrir dentro de las 48 horas laborables a partir del arresto. En cambio, si se imputaron cargos en su contra por un delito mayor o menor en que se empleó violencia, la audiencia debe llevarse a cabo dentro de las 72 horas a partir del arresto. Por su parte, el fiscal debe presentar la petición dentro de las 48 horas posteriores al arresto.

Es importante resaltar que los padres tienen derecho a ser notificados acerca del lugar donde se celebrará la audiencia y la hora de la misma. Si el tribunal omite esta notificación, tienen la facultad de exigir que se realice otra audiencia en las 24 horas siguientes.

¿Cuáles son los actos que se realizan en la audiencia?

En esta audiencia no solamente se decide sobre el confinamiento del menor, sino que también se llevan a cabo otros actos que son esenciales para el inicio del procedimiento judicial. Como señalamos anteriormente, antes de esta audiencia el fiscal presenta la petición, por lo que, durante la misma, se leen los cargos que están contenidos en este documento, y se le hará entrega al abogado defensor de copias de la petición y los informes de las incidencias.

Además, deben informarle al menor sobre sus derechos constitucionales, las cuales incluyen los siguientes:

  1. Derecho a ser representado por un abogado.
  2. Derecho a no autoinculparse.
  3. Derecho a presentar testigos en el juicio.
  4. Derecho a hacer preguntas a los testigos que presente él mismo o a los que presente el fiscal.
  5. Derecho a presentar pruebas.

Por su parte, el menor debe admitir las acusaciones descritas en la petición, negarlas o decidir no refutarlas. Esto es una gran diferencia con respecto al tribunal penal de adultos en el que se emplean otros términos, ya que el acusado se declara inocente, culpable, o no refuta los cargos.

¿Cuáles son los factores que el juez toma en consideración para emitir una decisión?

El artículo 635 del Código de Bienestar e Instituciones, señala los aspectos que evalúa el juez para establecer si lo más apropiado es que el menor se mantenga en el centro de detención hasta que finalice el procedimiento judicial.

En primer lugar, se cerciora de que el fiscal haya demostrado los hechos “prima facie”. Este es uno de los requisitos para que el caso proceda al juicio e implica que ha aportado suficientes evidencias de que el menor perpetró el delito. Una vez que ocurre, se celebra la audiencia de adjudicación, en la que el fiscal intenta probar los elementos del delito por encima de cualquier duda razonable, y el abogado del menor tiene la oportunidad de defenderlo de las acusaciones y presentar las evidencias

Por otra parte, el juez examina si el menor transgredió un mandato del juez, si incumplió alguna obligación impuesta, si existe una posibilidad de que se fugue, o si se requiere mantenerlo bajo custodia por su propia protección o la de otra persona. Una vez que el juez examina estos factores, toma en consideración el criterio de: el fiscal, el funcionario a cargo de la libertad condicional, el abogado defensor, el menor y sus padres.

Cuando se le concede la oportunidad al abogado de pronunciarse, este argumenta las razones por las cuales no existe alguna circunstancia que amerite el confinamiento del menor, y que este no es un peligro para sí mismo o la sociedad, con la finalidad de convencer al juez de que no es necesario que permanezca recluido hasta que culmine el juicio.

¿Esta audiencia se celebra si el menor no está confinado?

Recordemos que tanto la policía como el funcionario encargado de la libertad condicional que maneja el centro de detención, pueden decidir que no es necesario que el menor sea recluido y le permitan regresar a casa bajo la custodia de sus padres o tutores legales, pero otorgándole una citación para que asista a la primera audiencia del tribunal de menores, la cual tiene lugar luego de que el fiscal presenta la petición. Durante la misma, el joven deberá admitir, negar o no refutar las acusaciones, será informado de los cargos descritos en la petición que ha presentado el fiscal, y se darán a conocer los derechos que la ley y la Constitución le garantizan.

Por lo que, en este caso, la primera audiencia se enfocará en la lectura de cargos y los demás actos necesarios para proceder a la etapa de juicio. Sin embargo, no es posible debatir si el menor debe estar recluido durante todo el proceso, ya que la ley no establece la posibilidad de dictar esta medida si no fue impuesta en la oportunidad anteriormente mencionada.

Si el menor se encontraba bajo libertad condicional por actos cometidos antes de este proceso, el juez también puede pronunciarse sobre las medidas a imponerse por la posible violación a la misma al haber cometido otro delito.

También debe tener en cuenta que debe cumplir cabalmente con su comparecencia ante el tribunal en las fechas que se establezcan, de no ser así, el juez está facultado para ordenar su arresto y posterior reclusión en el centro de detención de menores.

¿Qué ocurre cuando la decisión es desfavorecedora?

Si el juez establece que debe mantenerse el confinamiento del menor, éste debe permanecer en el centro de detención hasta que finalice el juicio y el juez emita la decisión final, de manera que sólo podrá salir de este sitio cuando deba asistir al tribunal.

La decisión que el juez emita en esta audiencia influye sobre el lapso en el cual debe celebrarse la próxima audiencia del procedimiento judicial, que es la de adjudicación. Dado que, cuando el juez decide mantener la reclusión, esta audiencia se celebra dentro de los 15 días laborables siguientes. De no ser así, el menor debe ser liberado, salvo casos excepcionales.

En cambio, cuando en la audiencia de detención el juez decide ponerle fin a la reclusión del menor, la audiencia de adjudicación debe celebrarse dentro de los 30 días laborables siguientes.

¿Qué es una audiencia Dennis H?

Si el juez ha dictado una decisión desfavorable en la audiencia de detención, su abogado puede solicitar que se celebre una nueva si considera que el juez tomó su decisión en base a pruebas inciertas. Supongamos que el fiscal presenta el informe del policía que condujo el arresto como evidencia, pero este no concedió su testimonio durante la audiencia, por lo que el abogado exige una audiencia Dennis H, con la finalidad de que este policía testifique y pueda interrogarlo para dilucidar lo descrito en el informe.

El lapso para la celebración de esta audiencia es dentro de los 3 días laborables posteriores a la audiencia original, o en los 5 días posteriores si el testigo no puede asistir antes.

¿Qué sucede si el juez decide liberar al joven?

Aunque es preocupante pensar que el juez pueda decidir mantener al menor recluido hasta la culminación del juicio, debe tener en cuenta que también es posible que imponga medidas menos estrictas. Por lo cual, la defensa que ejerza el abogado es fundamental para lograr un resultado favorable.

Si el juez decide ponerle fin al confinamiento, permite que vuelva a casa bajo la custodia de sus tutores legales o padres, e impondrá varias condiciones que el menor deberá cumplir plenamente, ya que su transgresión puede conducir a que el juez ordene su confinamiento nuevamente. Bajo esta forma de supervisión en el hogar, el tribunal se cerciorará de conocer si está cumpliendo con los términos impuestos y no está cometiendo nuevos delitos. Para ello, puede colocar una vigilancia electrónica mediante equipos con GPS.

Por otra parte, existe la posibilidad de que ordene que sea supervisado por el Departamento encargado de la Libertad Condicional. Aunque en este caso la supervisión no es efectuada por los padres, también consiste en la imposición de una serie de términos y condiciones que deberá cumplir cabalmente ya que, de lo contrario, corre el riesgo de volver al centro de detención.

¿La gravedad del delito influye sobre la decisión del juez?

Debemos tener en cuenta que uno de los factores fundamentales para el resultado de esta audiencia es la gravedad del delito que se le acusa de cometer. Pero sabemos que puede ser complicado intentar comprender el procedimiento judicial, ya que cuenta de varios actos, por lo que a continuación, veremos un supuesto en que un joven es acusado de un delito grave.

Supongamos que la policía conduce el arresto de un joven de 14 años llamado Manuel un día lunes, debido a que existen sospechas de que incurrió en el delito de robo que está estipulado en el artículo 211 PC, el cual es un delito mayor. Debido a la gravedad de los hechos, la policía considera apropiado trasladarlo al centro de detención de menores, en donde un funcionario a cargo de la libertad condicional lo interroga y decide que debe ser recluido en ese lugar. El día miércoles, el fiscal acude al tribunal y presenta el documento que contiene la petición, ya que debemos recordar que esto debe llevarse a cabo en las 48 horas hábiles siguientes al arresto.

Al siguiente día, se realiza la audiencia de detención para discutir su reclusión. Durante la misma, el juez le comunica a Manuel los delitos de los que se le acusa, según describe la petición. Además, lo instruye sobre sus derechos, y le indica que debe emitir su declaración con respecto a estas acusaciones, así que Manuel las niega.

El juez evalúa el caso y considera que Manuel implica un riesgo para la seguridad de los ciudadanos de la comunidad, así que decide que debe permanecer confinado en el centro de detención mientras transcurre el proceso judicial. No obstante, debemos tener en cuenta que, en los casos graves como este, es posible que el juez ponga fin al confinamiento con la condición de que utilice un dispositivo de monitoreo en su tobillo.

Pero si suponemos que Manuel es acusado de incurrir en un acto delictivo que no es grave, como el de hurto menor del artículo 484(a) PC, lo más probable es que el funcionario policial decida no trasladarlo al centro de detención de menores, y si lo hace, el funcionario a cargo de la libertad condicional le permitía volver a casa bajo la custodia de sus tutores legales o padres. En tal caso, le harán llegar una notificación a su correo electrónico con el fin de informarle que está siendo acusado de este delito, además del lugar y la fecha en la que deberá presentarse en el tribunal para la primera audiencia.

Ahora bien, recordemos qué ocurre en la audiencia cuando el joven no estuvo recluido en el centro de detención de menores hasta ese momento. En tal caso, no se debatirá sobre esto, simplemente se le hará saber a Manuel sobre los delitos que se le han imputado por medio de la petición, se pronunciarán sus derechos y deberá manifestar si admite, niega, o no refuta las acusaciones. Una vez que esto ocurre, Manuel niega todas las acusaciones que el fiscal describe en la petición y el juez procede a fijar la fecha en que se celebrará la siguiente audiencia, la cual se denomina audiencia de adjudicación.

Si Manuel no asiste a esta audiencia o falta a una de las fechas para las que se ordene su comparecencia, el juez dictará una orden para que la policía lo arreste y sea recluido en el centro de detención de menores.

¿Cómo contratar el servicio de un abogado que se encuentre cerca de mí?

Ejercer una sólida estrategia de defensa durante la audiencia de detención es fundamental para que el menor no sea obligado a estar privado de su libertad durante el transcurso del juicio, lo cual puede ser perjudicial para su salud mental.

Por lo que es crucial que cuente con la representación de un abogado durante el proceso judicial, quién puede evaluar los hechos ocurridos y formular la defensa más apropiada para que el juez decida acabar con el confinamiento del menor. Además, podrá ejercer una defensa idónea en todas las audiencias para que el juez no acepte la petición presentada por el fiscal, o le permita someterse a medidas menos estrictas que puedan beneficiarlo. Nosotros somos su mejor opción, ya que contamos con la experiencia y los conocimientos necesarios para lograrlo.

Para programar una consulta con un abogado de Audiencias de Detención de Chula Vista Criminal Attorney, localizada en Chula Vista, California, llame al 619-877-6894.