El Código Penal de California, en la disposición 243e1 PC, prohíbe las agresiones domésticas, que son el uso de fuerza o violencia contra un cónyuge o ex cónyuge, prometido, pareja de novios o el otro padre de su hijo. Se trata de un crimen menor que se castiga con libertad condicional, multas judiciales, asistencia a clases de manejo de la ira y violencia doméstica y es posible, dependiendo de las circunstancias, que el agresor deba permanecer en la cárcel por el tiempo máximo de un año.

Conseguir los consejos jurídicos que se necesitan

En Chula Vista CA, ser acusado de un cargo por agredir a al padre o madre de su hijo, a un novio o novia, prometida o prometida, a un ex cónyuge o al cónyuge actual está considerado como una conducta muy severa, seriamente sancionada, porque se trata de actividades que van en contra de lo que debe ser una buena relación familiar, que permita la paz y la armonía dentro de una comunidad o sociedad, de modo que si en estos momentos usted se encuentra haciendo frente a un cargo por agresión doméstica, necesita de los consejos jurídicos de un abogado que no sólo sea criminalista, sino que también tenga conocimientos en derecho de familia, porque sólo él podrá tener en cuenta todos los aspectos y los efectos que una actividad ilícita de este tipo puede tener en su vida, ya que es posible que una situación de esta clase pueda desembocar en la pérdida del derecho de custodia de sus hijos menores de edad, por ello es importante que se ponga en contacto rápidamente con Chula Vista Criminal Attorney, ya que nuestros asociados conocen todos los aspectos de un caso de esta naturaleza y podrán comenzar a trabajar inmediatamente en beneficio de sus intereses, reduciendo las perniciosas consecuencias que una acusación de esta clase puede tener sobre usted. Nuestra firma puede ayudarle, y estaremos deseosos de hacerlo.

¿En qué consiste la agresión doméstica?

Está tipificada en California como un subtipo de conducta que se relaciona con la violencia doméstica. Sin embargo, el autor de esta clase de conductas ilícitas puede ser declarado responsable por la misma aunque no le haya ocasionado lesiones o dolor a la presunta víctima. Para que se entienda ejecutada esta actividad criminal, lo que se necesita es hacer uso de la violencia o de la fuerza sobre otro individuo. Esta es una conducta muy distinta a la prevista en el artículo 273.5 del Código Penal, que regula las lesiones corporales a un cónyuge o conviviente, que es otra de las leyes sobre violencia doméstica, pero que establece una conducta ilícita considerada más grave, porque requiere que la presunta víctima sufra algún tipo de daño físico y es calificada como un wobbler, que puede ser juzgado como felonía o como delito menor, dependiendo de las características del caso. Por eso, no deben ser confundidas estas conductas ilegales.

La regulación de la agresión doméstica, prevista en la disposición 243(e)1 PC, dispone que se comete una agresión cuando un sujeto agrede a su cónyuge, un sujeto con quien el procesado cohabita, un individuo que es el progenitor del hijo del acusado, un ex cónyuge, prometido o prometida, o un individuo con quien el acusado actualmente tiene, o ha tenido anteriormente, una relación de noviazgo o compromiso, y se trata de un delito calificado como menor.

Como ejemplos de esta clase de conductas, podemos mencionar:

  • Que una joven le dé una bofetada a su prometido
  • En medio de una discusión con su esposa, un sujeto en un momento de frustración la agarra por la manga de la camisa y se la rompe.
  • Una dama empuja a su novio en medio de una discusión

¿Cómo definen las leyes de California la conducta ilegal de agresión doméstica según el PC 243(e)1?

Para que un procesado sea declarado responsable por una conducta de esta clase, la Fiscalía tiene la obligación de demostrar la concurrencia de los elementos que mencionamos a continuación:

  • El procesado tocó de forma intencionada a otro, de una manera dañina u ofensiva, que es lo que se denomina agresión simple,
  • El sujeto agredido es o fue la pareja íntima del procesado, y
  • El procesado no ejecutó la actividad ilegal en la propia defensa ni en la defensa de un tercero.

Respecto a algunos de los términos legales que se emplean en esta regulación podemos explicar el significado de:

Intencionada o voluntariamente

Esto quiere decir, que un imputado actuó intencionadamente, o de manera voluntaria, sin que se exija que el mismo haya tenido la finalidad de transgredir una norma o de causar daños a la presunta víctima

Toques que se consideren ofensivos o dañinos

En el caso de que se presenten cargos de agresión doméstica, la Fiscalía sólo tiene que demostrar que el procesado tocó a otro de manera ofensiva o dañina. No es necesario que la Fiscalía pruebe que por causa del toque se haya lastimado a la supuesta víctima, ni que se le haya ocasionado un daño físico. Lo cierto es que un contacto, aunque haya sido mínimo, es suficiente para que se entienda ejecutada esta clase de infracción, siempre que haya sido llevado a cabo empleando enojo o de manera grosera.

Este podría ser el caso de Allan y Jenny, quienes están comprometidos para casarse y se encuentran discutiendo. Jenny se encuentra tan enojada con Allan que decide empujarlo, pero como él es corpulento, apenas se mueve, y mucho menos, le causa una lesión. De todas formas, Jenny podría enfrentar un cargo por agresión doméstica, ya que, aunque Allan no haya reaccionado al contacto, Jenny lo tocó encontrándose enojada y con violencia.

Otro aspecto que debe tenerse en cuenta es que el procesado podría inclusive ser declarado responsable por esta clase de agresión, aunque haya tocado a la pareja o ex pareja de manera indirecta, lo cual significa que el procesado puede haber tocado a otro sujeto u a un objeto, y que ese otro sujeto u objeto llegó a hacer contacto con la víctima. Lo relevante es la intencionalidad con la que se haya llevado a cabo esta conducta.

Pensemos que George y Diana son esposos y mientras están cenando, comienzan una discusión que se convierte en pelea. George avanza sobre Diana, aunque no llega a tocarla, sino que, más bien, en su avance, George empuja a uno de los invitados y es éste quien cae sobre Diana.

Bajo este escenario, George podrá ser procesado por agresión doméstica en este Estado, porque aunque no tocó de forma directa a Diana, ocasionó que el invitado cayera encima de ella. De hecho, George igualmente podría enfrentar este tipo de cargos, aunque Diana no haya sufrido ninguna lesión corporal, o que sólo haya experimentado un leve toque físico.

Compañero íntimo

Es un término dentro del cual pueden incluirse los cónyuges o ex cónyuges, en cuyo caso también recibe el nombre de agresión conyugal; individuos que viven juntos; sujetos que se encuentran comprometidos o que lo estuvieron en el pasado; el otro progenitor de un hijo; o individuos que están relacionados actualmente o que lo estuvieron en el pasado, por un lazo íntimo, sexual o amoroso; y sujetos con los que actualmente o en el pasado haya estado saliendo la presunta víctima.

Ahora bien, la norma no hace distinción en cuanto al tipo de relación que exista entre el agresor y la víctima, de modo que puede tratarse de una relación de naturaleza heterosexual u homosexual, lo importante es la vinculación sentimental, sexual o de posible relación personal que exista entre ellos de carácter amoroso.

Además, cuando la norma emplea el término convivientes, ello está referido a que dos sujetos que no tienen una relación de parentesco entre sí, viven juntos por un lapso de tiempo sustancial, resultado de lo cual puede inferirse que se trata de una relación estable, esto es, de tipo permanente.

Otro aspecto a considerar es que un sujeto podrá convivir con dos o más individuos durante el mismo período de tiempo, por lo que podría tener más de una relación sentimental en el mismo período.

Por lo que respecta a la existencia de una relación de pareja, ello quiere referirse a que existe una asociación frecuente e íntima, de las que se espera que exista cierta clase de afecto y el sostenimiento de relaciones de tipo sexual, sin que haya una retribución financiera por ello.

¿Es una agresión doméstica considerada un delito grave en California?

Una violación de la Sección 243(e)1 del Código Penal de California se considera como delito menor y el castigo que puede imponerse por trasgredir esta regulación es:

  • Privación de libertad por un máximo de un año en una prisión, y/o
  • Multas judiciales que pueden alcanzar los $2.000,00.

No obstante, es posible que la Corte decida imponer al procesado un régimen de libertad condicional informal o sumaria, en vez de tener que permanecer en la cárcel.

Ahora bien, si se concede este beneficio procesal al imputado, entre las obligaciones o términos que la Corte puede imponerle se encuentran:

  • Cumplir con un programa para la reeducación de agresores, que también es llamado clases de violencia doméstica o programas de tratamiento para agresores, o
  • Si uno de estos programas no está disponible, entonces el imputado tendrá que completar otro programa o consejería que el Juez considere apropiado.

Es usual que en estos escenarios, los Jueces emitan una medida de protección para la víctima, que se conoce como orden de restricción para los casos de violencia doméstica, en la cual se le ordena al procesado no causar daños, ni acosar, ni proferir amenazas a la supuesta víctima.

Lo más importante de todo esto, es que el procesado debe cumplir con todas las condiciones que le hayan sido impuestas por el Tribunal, ya que el incumplimiento de alguna de ellas podría dar lugar a que se termine de manera anticipada el beneficio de libertad vigilada y ser conducido a la cárcel para cumplir la pena privativa de libertad que debía haberle sido impuesta en primer lugar.

¿Cuáles son las consecuencias de una condena de este tipo para los no ciudadanos?

En principio, no debería tener ningún efecto en ese sentido, por cuanto la agresión doméstica no se encuentra incluida entre aquellos crímenes calificados como de vileza moral por la Ley de Inmigración de EEUU, por tanto no afectará la situación migratoria del procesado. No obstante, dependiendo de las circunstancias en que hayan ocurrido los hechos, y la forma en que se haya comportado el procesado, así como el grado de sofisticación criminal que haya exhibido en los hechos, puede ser que sea considerado como candidato para un proceso de deportación, razones por las cuales va a requerir de la asistencia de un abogado criminalista experto que puede emplear las estrategias adecuadas, para impedir que tal situación ocurra, impugnando aquellos hechos denunciados por la víctima que pudieran justificar que un procedimiento de este tipo sea llevado a cabo en contra del imputado.

¿Cómo afectará esto a los derechos de armas?

Una condena por agresión doméstica tendrá un impacto negativo en los derechos de armas del procesado. Las leyes de California imponen una prohibición de diez años de adquirir, portar o poseer un arma por una condena con base en el artículo 243(e)1. Específicamente, la disposición 29805 PC establece esta clase de prohibiciones para aquellos sujetos que hayan sido condenados por la comisión de un delito menor, que es cómo se califica a la agresión doméstica según las leyes de este Estado.

¿Existen otras consecuencias que se deriven de una condena de este tipo?

Sí, es posible que aquellos sujetos que posean esta clase de récord criminal sean excluidos de algunas áreas laborales, como aquellas que se relacionan con el cuidado de menores o de sujetos que se encuentran impedidos o enfermos.

¿Cuánto tiempo permanece la agresión doméstica en el registro criminal del procesado?

Unos antecedentes por esta clase de hechos ilícitos puede ser eliminados de los registros criminales de un sujeto, siempre que ello sea solicitado conforme a lo previsto en las leyes y si el interesado ha completado totalmente la pena de prisión a la que fue condenado o logró culminar exitosamente el régimen de libertad condicional que le haya sido impuesto por la Corte, dependiendo de cuál haya sido el castigo.

Pero esto no ocurre de forma automática, sino que es necesario que el sujeto interesado en ello contrate la ayuda de un abogado criminalista especializado, que pueda ayudarlo a llevar adelante el procedimiento que se requiere para que unos antecedentes de esta clase sean eliminados de su récord judicial desde la primera vez que lo solicita, porque son muchos los errores tontos que se pueden cometer en esta clase de procedimientos, por desconocimiento incluso, que podrían provocar que la solicitud sea denegada por la Corte.

¿Qué pasa si el denunciante quiere retirar su acusación?

En algunos casos de violencia doméstica, el denunciante puede decidir que no quiere presentar cargos. Incluso pueden querer retractarse de lo que haya declarado previamente ante los órganos policiales, afirmando posteriormente que los hechos denunciados no ocurrieron realmente.

Bajo este escenario, la Fiscalía tiene la competencia necesaria para continuar con el proceso judicial e imputar los cargos penales en contra del procesado. La razón de ello se encuentra en que la Fiscalía puede asumir que la presunta víctima ha sido coaccionada o amenazada por el procesado para que proceda a retirar la acusación, o que se reconcilió con éste, por lo que no desea que sea juzgado.

¿Cómo debe actuar un sujeto que es detenido por una agresión doméstica?

Verse involucrado en una situación en la que intervienen los órganos policiales puede ser muy estresante, en particular si se trata de un incidente relacionado con violencia doméstica, porque el sujeto puede considerar que su privacidad está siendo invadida, y porque el grado de enojo que lo empujó a actuar de la manera en que lo hizo puede hacerle pensar que actuó de forma justificada, no obstante, si un individuo es detenido por este tipo de actividades ilegales, debe seguir los siguientes consejos:

  • Que haga uso de su derecho a permanecer en silencio. En caso de ser detenido por una agresión doméstica, un individuo debe evitar dar respuestas a las preguntas que le hagan los agentes policiales actuantes, e incluso los medios informativos, si es que se encontraran presentes, sin que se encuentre acompañado por su abogado defensor. La causa de ello es que su silencio impedirá que realice declaraciones poco afortunadas que pudieran incluso incriminarlo en los hechos, ya que los agentes policiales tienen la tendencia a malinterpretar o a tergiversar lo que dicen los sujetos detenidos, sacando las declaraciones de su real contexto, incluso llegando a insinuar que el sujeto llegó a ocasionar daños a la presunta víctima.
  • Que contrate de inmediato a un abogado criminalista especializado. Sólo un abogado que tenga experiencia en cargos por agresión doméstica podrá ayudar a un sujeto en la formulación de una estrategia defensiva, según sean las características de los hechos, que podrá incluso llegar a impedir que se formulen cargos, o que aquellos que sean formulados sean lo menos serios posibles.
  • Que evite tener contacto con la presunta víctima. Si el sujeto detenido convive con la supuesta víctima en el mismo domicilio, lo preferible es que encuentre un sitio alternativo para vivir de inmediato, para evitar posibles confrontaciones.
  • Que preste toda la ayuda posible a su abogado. El sujeto tiene que tratar por todos los medios de seguir los consejos y las instrucciones que le dé su abogado defensor, porque eso lo ayudará en el proceso de reunir las evidencias y las pruebas que pudieran ser relevantes para demostrar que el acusado no ha cometido ningún hecho ilícito. Esto se puede hacer por medio de la recopilación de pruebas como imágenes, videos e incluso recibos, con los que se pueda demostrar que usted no llevó a cabo los hechos de que se le acusa, e incluso, que se encontraba en otro lugar al momento en que supuestamente ocurrieron los mismos. También es posible que pueda demostrarse una coartada de este tipo, por medio de testigos que hayan estado acompañándolo al momento de ocurrir los hechos de los que ha sido acusado.

¿Hay hechos ilícitos que se relacionen con la agresión doméstica?

  • 5 PC – Lesiones corporales contra un cónyuge o un conviviente.
  • 243(d) PC- Asalto agravado.
  • 368 PC – Abuso contra ancianos o individuos dependientes.

¿Cuáles son las mejores líneas defensivas que se pueden emplear frente a una acusación como ésta?

Los abogados expertos en derecho penal de California podrán hacer uso de múltiples argumentos defensivos, para impugnar una acusación de esta naturaleza, pero entre los más utilizados se encuentran los siguientes:

  • El imputado actuó en legítima defensa propia o de un tercero.
  • El imputado actuó sin tener intención.
  • El imputado ha sido falsamente acusado.
  • La evidencia en contra del imputado es insuficiente.

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La agresión doméstica es una de las principales causas por las que se entiende que se perturba la paz y la tranquilidad, no sólo de una familia, sino de la comunidad en la que la misma convive, por eso, en Chula Vista CA, se toma muy en serio la investigación y procesamiento de este tipo de hechos, sin olvidar que, en caso de que estas conductas no sean detenidas a tiempo, pueden sufrir una escalada con un incremento de violencia, que podría desembocar en algo mucho peor, y que pudo haber sido resuelto desde el inicio con una simple asistencia a un programa de consejería, que puede proveer a los involucrados de la ayuda profesional que necesitan.

Si usted está enfrentando un cargo por agresión doméstica, lo que necesita son los consejos que puede darle un abogado especializado en violencia doméstica, que conozca todas las posibles conductas reguladas penalmente en esa área, así como los argumentos defensivos que resulten ser los más adecuados para su caso concreto, para conseguir que la acusación sea disminuida o que sea desechada por la Corte, por falta de evidencias preponderantes que justifiquen una condena de este tipo, y en ello son expertos los abogados de Chula Vista Criminal Attorney.

¡No cometa el error de pensar que se trata de algo sin importancia! Las consecuencias de una condena de esta clase pueden ser desastrosas para su vida y tiene que evitarlas llamando al 619-877-6894, para concertar una primera cita gratis, en la que nuestros especialistas examinarán las opciones legales disponibles para usted.