Las órdenes de protección o restricción, son situaciones bastante serias, que tienen como finalidad minimizar los riesgos a los que puede verse expuesto un individuo para ser abusado de forma física, acechado, amenazado o acosado. Por tal razón, cuando un sujeto siente miedo por su integridad física, cuenta con la posibilidad de solicitar la respectiva orden de restricción o protección ante el Tribunal. Una vez la orden es emitida por el tribunal, para que una persona se mantenga alejada de otro individuo, y aun así, la persona no cumple con las condiciones y términos que son impuestos con la orden estaría incurriendo en un delito que trae consigo consecuencias importantes.

Si actualmente usted se encuentra en Chula Vista, CA y está sufriendo acusaciones por haber violado la orden de protección o restricción, puede comunicarse lo antes posible con nuestro escritorio jurídico Chula Vista Criminal Attorney, para que uno de nuestros abogados se haga cargo de su caso, y le brinde la mejor asesoría posible. Recuerde que actuar de forma oportuna, puede hacer la diferencia entre un resultado favorable o desfavorable para usted.

¿Qué son las órdenes de restricción?

Las órdenes de restricción, las cuales también se le denomina órdenes de protección, son órdenes judiciales, cuyo propósito es proteger a los sujetos considerados como víctimas de que se produzcan abusos físicos, amenazas y acosos en contra de estas. Cuando es formulada una orden de este tipo contra una persona, quiere decir que esa persona no tiene permitido estar en contacto o acercarse a al sujeto protegido. Las órdenes deben ser notificas con el fin de que la misma surta efecto, ya que, si la persona no sabe que esta fue dada en su contra, no es posible que se dé una violación de ella, por lo cual la persona no podrá ser considerado culpable por violar la orden.

Las órdenes de restricción están ocupadas para restringir algunos comportamientos en específico. Generalmente se encargan de impedir que la persona restringida mantenga contacto con el sujeto protegido, por los que las limitaciones siguientes se encuentran incluidas.

  • Prohíbe que se envíen correos por medio del correo electrónico o que tenga interacción a través de las redes con el individuo protegido.
  • Impide que se realicen llamadas o se envíen mensajes al individuo protegido.
  • Ordena que no visite las zonas que el sujeto protegido visita con regularidad.
  • Ordena mantenerse a una distancia específica con respecto al individuo protegido, en toda ocasión.

¿Qué niveles de protección están disponibles de acuerdo con la ley en el Estado de California?

Cada tipo de estas órdenes pueden ser clasificadas en diferentes niveles los cuales pueden ser de emergencia, temporales o permanentes. Esto de acuerdo a lo establecido en la ley del Estado de California.

EPO – Orden de restricción de emergencia

Generalmente las órdenes de restricción de emergencias, también se les denomina EPO, que son emitidas como una respuesta a las llamadas vinculadas con la violencia doméstica. Una vez el oficial responde a una llamada puede considerar necesario que la persona necesita protección inmediata con respecto a otro individuo en específico, por lo que cuenta con la posibilidad de contactar a algún juez que pueda ordenar la EPO. Si esta es concedida, entrará en vigor de forma mediata y tendrá una duración de 7 días calendario.

TRO – Orden de protección temporal

Las órdenes de restricción temporales son solicitadas por la fiscalía generalmente mientras está realizando la audiencia. Las TRO permanecen activas durante todo el tiempo que dure el proceso hasta el momento en que se determina si es necesario emitir la orden de protección permanente o no. La duración es por un periodo de 20 hasta 25 días aproximadamente.

PRO – Orden de protección permanente

Una vez el tribunal llega a la determinación que la persona que desea ser protegida por la orden verdaderamente estaba en peligro, entonces otorga una PRO. Dicha orden puede estar activa por un periodo de hasta 5 años, luego de que ese tiempo haya transcurrido puede solicitarse que el tiempo sea extendido.

¿De qué manera se puede conocer este tipo de orden?

Es importante destacar que el sujeto necesita conocer acerca de la orden para que pueda referirse a una violación de la misma. En este sentido, la Fiscalía no necesita comprobar que la persona realmente leyó dicha orden, sólo basta con demostrar que conocía de su existencia y pudo en un momento familiarizarse con esta. Ahora bien, algunas de las formas que señalan que el individuo tenía conocimiento respecto a la orden son las siguientes:

  • La persona se encontraba en la audiencia donde fue emitida la orden: En caso de que dicha orden sea notificada en la audiencia, la autoridad judicial le explicará sobre la orden que se emitió en contra suya, y las condiciones y términos que deberá cumplir.  
  • Le fue entregada personalmente una copia de la orden: Si la persona no estuvo presente el día que se realizó la audiencia en donde se emitió la orden, se le hará entrega de una copia personalmente. Esta orden será enviada por el servicio de correo postal hasta su dirección actual. Luego de que termine el servicio, podrá considerarse que el sujeto tiene pleno conocimiento sobre la orden.
  • Un oficial de la policía le informo de manera verbal sobre la orden: Un oficial de la policía que es llamado a un escenario donde presuntamente ocurrió una violación de la orden de protección, podrá informarle verbalmente al sujeto que fue emitida una orden contra él. De esta manera, el agente policial tiene a su decisión el señalar si la persona conocía o no, sobre la orden cuando se encontraba en el sitio de la violación de la misma.

Ejemplo:

Un escenario muy común en este tipo de casos es donde el ex-cónyuge de un sujeto le solicita a la Corte que sea emitida la orden de protección contra este. Una vez emitida, dentro de las condiciones y términos que se señalan es la prohibición de que el sujeto se aproxime a la víctima a por lo menos 100 metros de su casa. No obstante, el individuo restringido no se encontraba presente el día que se celebró la audiencia, y no recibió un correo donde se le avisará de la orden en su contra, o cualquier otro aviso donde se indicará el hecho. Por lo tanto, el sujeto paso por la vivienda de su ex cónyuge para recoger sus bienes y al llegar a la vivienda, la ex se comunicó con los oficiales de la policía a fin de denunciar la presunta violación de dicha orden. Al arribar los oficiales al sitio, se podrá determinar si el individuo sabía o no respecto a la orden de restricción y será el oficial de la policía quien le informará de manera verbal el contenido de esta. A partir de este momento, se podrá considerar que el sujeto restringido conoce sobre la orden, y se hará efectiva de allí en adelante cualquier tipo de violación que se presente, pero en esta situación en particular al no tener conocimiento de la existencia de la orden no podrá considerarse como responsable por incumplir lo señalado en la misma.

¿Cómo son clasificadas en el Estado de California las órdenes de protección?

En este sentido es necesario aclarar que en el Estado de California este tipo de órdenes están divididas por categorías, las cuales son órdenes de restricción:

  • Abuso de adultos dependientes y ancianos.
  • Violencia en el trabajo.
  • Acoso civil.
  • Violencia doméstica.

¿A qué se le conoce como violencia doméstica?

Los actos de violencia doméstica se caracterizan por causar daños físicos a una persona, dañar una propiedad, abandonar, amenazar o acechar a la persona considerada como víctima.

¿Qué personas pueden involucrarse en casos relacionados con violencia doméstica?

Con el paso del tiempo se ha popularizado la creencia errónea de que los casos de violencia doméstica sólo involucran a personas casadas. Sin embargo, la verdad es que los casos donde se da violencia doméstica pueden darse de igual forma entre personas divorciadas o separadas; la persona con la que convive, o se encuentra saliendo o en una oportunidad anterior salió; la persona con que tuvo un hijo. De igual forma pueden incluirse, los miembros de la familia que son cercanos, es decir los que conforman el grupo familiar, es decir las personas relacionadas por matrimonio, consanguinidad o hijos. Cabe señalar que los casos relacionados con violencia doméstica se caracterizan por ser estresantes y complicados para las personas que están involucradas, por lo que, en diversas ocasiones, da lugar que se profieran órdenes de restricción.    

¿A qué se refiere violar la orden de protección en el Estado de California?

Según la sección 273.6 PC, se considera un delito violar las condiciones y términos de las ordenes de restricción que fueron otorgadas por una autoridad judicial.

La fiscalía está en la obligación de probar que la persona acusada de violar la orden de protección si completa los elementos siguientes, para que pueda ser considerado culpable.

  • La orden fue emitida de forma legal por el tribunal.
  • El acusado tenía pleno conocimiento respecto a la existencia de la orden.
  • El acusado estaba en capacidad para cumplir su orden de protección.
  • El acusado violó su orden de protección de forma voluntaria o a propósito.

Lo que en síntesis quiere decir que se considera un ilícito incumplir lo señalado en la orden de protección que fue emitida de manera legal y de que se estaba en conocimiento de forma voluntaria.

Importante: En relación al conocimiento sobre la orden, se incluye que la persona restringida haya tenido la posibilidad de leer y conocer la misma y no lo haya hecho. La Ley del Estado de California fija cada uno de los medios por los cuales una persona puede ser notificada. Un sujeto que haya sido restringido puede ser notificado, ya sea por la autoridad judicial o por medio de documentos que deben ser presentados de manera personal por la policía.  

Ejemplos:

  • Que un sujeto sufra un arresto y sea acusado por cometer violencia doméstica. Por lo que, comparece en la Corte y la autoridad judicial otorga una TRO (orden de protección temporal) por un periodo de diez días. En dicha orden se le ordena al individuo no mantener contacto de ningún tipo con la persona considerada víctima por lo que debe permanecer como mínimo a 50 metros de la misma. Sin embargo, cuando el individuo se dirigía a su automóvil que se encontraba en el estacionamiento, ve a la persona considerada víctima dentro de otro auto. Un policía presencia tal situación y lleva a cabo el arresto de un individuo restringido. Tomase en cuenta las características del caso, el individuo no puede considerarse culpable de haber violado la orden de protección, puesto que el acusado en realidad no incumplió la orden voluntariamente pues todo se trató de un accidente, ya que solo se encontró por casualidad con la víctima.

Por otra parte, el ejemplo que se menciona a continuación demuestra una situación en la que una persona puede enfrentarse a cargos por haber violado la orden de protección emitida en su contra:

  • El ex-prometido de una chica que se encontraba restringido por una orden de protección, por la que no tenía permitido acercarse físicamente a la chica, entra en la casa en la cual vive la persona protegida. Lo cual constituye una clara violación a las condiciones de dicha orden.  

¿Qué quiere decir la normativa en relación a que la violación de la orden debe realizarse voluntariamente?

El incumplimiento de este tipo de orden sólo se puede considerar un ilícito si la misma se violó de forma voluntaria. En este sentido, la violación accidental de las condiciones y términos señalados en un escenario que ocurre comúnmente. Un ejemplo sería, que ambas personas deban pasar por la misma calle, y que en un momento el sujeto pueda encontrarse accidentalmente con el individuo protegido del cual debe mantener cierta distancia. En este caso, será trabajo de la Fiscalía comprobar que este encuentro no se trató de un mero accidente a fin de que sea emitida una sentencia condenatoria por este ilícito.

¿A qué hace referencia la capacidad de poder cumplir con lo señalado en la orden?

En principio la orden emitida por la autoridad judicial debe adecuarse de una forma razonable, a fin de evitar la imposición de cualquier restricción injusta o perjudicial a la libertad del sujeto. De manera que, la persona restringida debe tener plena capacidad para poder cumplirla. En caso contrario, las condiciones y términos señalados en la misma se hacen imposibles de cumplir o poco prácticos, y el sujeto podría objetar la legalidad de dichos términos con la asistencia de un abogado con amplia experiencia en el asunto.

¿Qué sanciones puede conllevar el violar lo señalado en una orden de restricción en el Estado de California?

Es fundamental destacar que violar lo establecido en este tipo de orden es considerado como delito menor. No obstante, si el sujeto es sentenciado por violar lo señalado en la orden de restricción por segunda ocasión en un lapso de 7 años, o si en la violación de realizaron actos violentos, el ilícito se considerará como “wobbler” y por lo tanto podría ser calificado como un delito mayor o menor.

En caso de que sea considerado como un delito menor, las penas que se podrán imponer serán:

  • Un año de pena privativa de libertad,
  • Pago de multas por un valor máximo de $1.000.

Ahora bien, en vez de tener que ir a la cárcel es probable que la autoridad judicial recomiende el beneficio de libertad condicional y le incluya determinadas condiciones para ello, entre las que pueden destacar: asistencia obligatoria a clases para tratar el tema de violencia doméstica, así como ser sometido a asesoramientos para tratar diferentes áreas como seria terapias para manejar la ira. De igual forma, es probable que el sujeto deba pagar un refugio para la persona afectada si se trató de un caso por violencia doméstica, y en todo caso la Corte podrá requerir que la persona pague una indemnización al afectado por los daños sufrido producto de sus actos.

Por su parte, si es procesado como un delito mayor las penas que se le señalan serán las siguientes:

  • Prisión por un lapso máximo de 3 años,
  • Pago de multas por una cantidad que no supere los $10.000.

¿Qué estrategias de defensa pueden usarse para desvirtuar una acusación por violar lo establecido en la orden?

En el Estado de California, existen ciertas estrategias de defensa que suelen usar los abogados para desvirtuar este tipo de acusaciones son las siguientes:

  • La orden se emitió de manera ilegal,
  • Fue acusado falsamente,
  • El acusado no tenía la capacidad de cumplir la orden,
  • El acusado incumplió la orden por accidente y no de forma voluntaria,
  • El acusado no conocía acerca de dicha orden.

La orden se emitió de manera ilegal

La Fiscalía debe comprobar que dicha orden se emitió legalmente para que el sujeto pueda ser condenado por violar la orden. El abogado defensor podrá argumentar que la orden no se emitió válidamente ya que la Corte no tenía la jurisdicción para emitirla, o que la situación en la cual se basó esta no son reales, puesto que son engañosas o falsas. Una vez que se demuestre que la orden es falsa se procederá a ser anulada.

Fue acusado falsamente

Es común este escenario en casos de violencia doméstica, en donde la persona protegida realiza falsas acusaciones de que el sujeto intentó violentar lo señalado en la orden de protección cuando la verdad esto no se presentó, y lo realiza con el fin de obtener beneficios económicos, o para quedarse con la custodia de sus hijos, o por su parte, la víctima es una ex cónyuge o pareja que motivada por los celos e ira realizó una falsa acusación.

El acusado no tenía la capacidad de cumplir la orden

En diversas oportunidades, las condiciones y términos establecidos en la orden son imposibles de cumplir, y como producto de ello, no podrá ser acusado por este delito. Un ejemplo sería que uno de los términos señalados en la orden es que el sujeto se mantenga a distancia del individuo protegido. No obstante, esta persona reside en el único sitio que permite el ingreso al sitio de trabajo del individuo restringido. Un buen abogado especialista en el área, puede lograr que estos términos señalados sean revisados.

El acusado incumplió la orden por accidente y no de forma voluntaria

Para que el sujeto acusado pueda ser condenado por este delito, es fundamental que la violación se haya realizado de manera voluntaria. En este sentido, si el sujeto restringido y la persona protegida residen en el mismo lugar, es probable que se violen las condiciones y términos sin poseer la intención. Un escenario, es que el acusado se encuentre por accidente al individuo en un lugar público como sería una plaza.

El acusado no conocía acerca de dicha orden

Si el sujeto acusado demuestra que no sabía sobre los términos señalados en la orden de protección, no será posible que sea condenado por violar la misma.

¿Cómo puedo encontrar asistencia legal de un buen abogado con experiencia en el área cerca de mí?

En caso de que sea emitida una orden de restricción, es fundamental que el sujeto no mantenga comunicación con la víctima por ningún motivo, aun si es este sujeto quien intenta tener alguna comunicación, para ello debe tener el registro de todas las llamadas o mensajes que realice a fin de evitar una acusación por incumplir lo señalado en la orden. En este tipo de escenarios es importante conocer los detalles relacionados con la orden para no verse involucrado en algún problema legal.

En este sentido, si usted o algún familiar esta en Chula Vista, CA, y sufre cargos por violar una orden de restricción debe buscar asistencia legal lo más pronto posible, ya que las consecuencias que podría sufrir van desde tener que pasar tiempo en la cárcel o el pago de multas por elevadas cantidades. Y en el peor de los casos si es calificado como un delito mayor podrá perder su derecho a adquirir y poseer un arma de fuego.

Es por ello, que en el escritorio jurídico Chula Vista Criminal Attorney, encontrará a los profesionales con mayor experiencia en el área quienes podrán brindarle su apoyo durante todo el proceso. Además, elaborarán las estrategias de defensa que más se adecuen a su caso.

Comuníquese con nuestro equipo a través del siguiente número telefónico 619-877-6894, uno de nuestros asesores lo atenderá y le agendará una cita lo más pronto posible. ¡Llame ya!