Los crímenes vinculados a fraudes pueden cometerse de muchos modos y en distintas áreas, siendo uno de los más comunes los relativos a los cheques, en tal sentido en el Estado de California se considera como una actividad delictiva que un sujeto pase, posea, haga o trate de utilizar cualquier cheque que haya sido adulterado o falsificado con el propósito de cometer un fraude causando un perjuicio para otro. Tal actividad puede referirse a la mera posesión de un pagaré, factura o un cheque bien sea falso o alterado concerniente a una entidad bancaria bien sea falsa o real.

Cabe destacar que durante el desenlace de este artículo se abarcara información concerniente a este tipo de fraude, dentro de lo cual se tocaran puntos tales como lo que dicha conducta engloba a nivel legal, que debe demostrar la fiscalía para poder tipificar la acción de un sujeto como tal crimen, qué sanciones puede enfrentar un sujeto al ser declarado culpable ante la corte por cometer un fraude vinculado a cheques, que líneas de defensa puede adoptar un acusado para tratar de desvirtuar la acusación formulada en su contra, entre otras cuestiones de interés.

No obstante, ante todo es sumamente importante agregar que sea cual sea su situación este artículo es general y meramente informativo, por ende si desafortunadamente usted enfrenta cargos por Fraude con Cheques en Chula Vista Criminal Attorney es vital que ubique asistencia legal cuanto antes, dado que una sentencia de culpabilidad puede representar varios años de encarcelamiento, además de la obligación de pagar cuantiosas multas. Por otro lado también es posible que una acusación por este tipo de crimen de lugar a la presentación de varios cargos penales, debido a los constantes avances tecnológicos que han surgido y llevado a que las personas obtengan nuevos modos de defraudar llevándolos a incurrir en múltiples delitos a la vez, tales como el que estudiamos actualmente en conjunto con uno vinculado a robar identidad, u otro de índole electrónico o informático. Todo esto deja en evidencia la importancia de contar con el respaldo de un buen abogado con conocimientos forjados en el tema penal. En tal sentido los mejores especialistas del área están en la firma Chula Vista Criminal Attorney, quienes día a día asumen casos de todo tipo y se caracterizan por los buenos resultados que obtienen para sus clientes al ofrecerles una defensa de calidad pero siempre apegada a la ley, y guardando el debido respeto y confidencialidad que merecen sus representados

¿Qué establece la legislación de CA respecto a los fraudes con cheques?

Es un crimen cuyo fundamento jurídico está asentado en la normativa 476 PC (Código Penal). La cual señala que todo el que haga, pronuncie, pase o publique con el propósito de cometer un fraude contra otro, o que con el mismo propósito trate de proferir, publicar o pasar o que tenga bajo su poder alguna factura, cheque bien sea ficticio o modificado o un pagaré, que pretenda usar tal pagaré, factura, cheque u otro tipo de instrumento escrito para pagar bien sea bienes o dinero relativos a cualquier entidad financiera bien sea ficticia o real, es responsable penalmente por falsificación.

En resumen, dicha normativa establece que es un acto ilícito usar, emitir o pasar cheques fraudulentos mientras se hace el intento de acceder a algo que posea valor.

El modo más frecuente en que suelen cometerse fraudes con cheques consiste en firmar o endosar los mismos a nombre de otro sin contar con su autorización. No obstante un documento autentico o validó puede convertirse en uno falso cuando se emplean escritos ficticios, como por ejemplo firmar usando nombres que son falsos o no permitidos, cuando se modifica el monto estampado en un cheque, se cambia su fecha, se modifica el beneficiario indicado o se cambia el número concerniente a la ruta denominado también “routing number”. Por ende, este tipo de fraude no solo abarca la falsificación de cheques sino que incluye de igual modo la elaboración de escritos ficticios en tales instrumentos, cuya ausencia de alteración ocasionaría que estos fueran válidos.

También se debe tener en cuenta que de darse el escenario de que un cheque sea legítimo y perteneciente al sujeto que lo utiliza, pero dicho sujeto con conocimiento otorga tal cheque el cual cubre una suma que excede el saldo disponible con el propósito de cometer un fraude contra una entidad bancaria, de igual modo puede ser acusado por cometer un fraude vinculado a cheques.

 Ejemplos

Corresponden a situaciones donde se evidencia este tipo de conducta criminal, los siguientes escenarios:

  • Una joven que toma un cheque propiedad de su mama y posteriormente falsifica su firma con la finalidad de comprar joyas y otros artículos.
  • Un sujeto recibe un cheque auténtico, cuyo valor expresa la cantidad de 500$, pero dicho hombre adultera el monto al anexar un cero, para así poder cobrar 5.000$.
  • Una mujer que imprime en su computadora un cheque falso, simulando que él mismo es auténtico, para posteriormente tratar de cobrarlo.

¿Cuáles elementos debe demostrar el fiscal para que la corte pueda emitir una condena contra un sujeto acusado por infringir la normativa 476 PC?

La corte solo estará en potestad de emitir un veredicto de culpabilidad contra un acusado por cometer fraude con un cheque, cuando el fiscal logre demostrar de modo irrefutable, mediante la consignación de pruebas que dicho sujeto incurrió en todos y cada uno de los siguientes supuestos:  

El acusado tuvo bajo su poder, hizo, uso paso, o intento usar o pasar, alguna factura o cheque ficticio, alterado o falso con el fin de realizar el pago bien sea de una propiedad o de dinero.

El acusado tenía pleno conocimiento sobre que el instrumento era alterado o falso.

Dichos actos ejecutados por el acusado fueron desplegados con el fin de cometer un fraude.

Ahora bien cuando la acusación formulada se basa en la posesión de cheques falsos, el fiscal adicionalmente deberá demostrar lo siguiente:

Cuando el acusado tenía la posesión del instrumento su intención era utilizar o hacer pasar el mismo como auténtico.

Continuando con el punto, durante la mención de dichos elementos se señalaron varias cuestiones que requieren ser aclaradas para comprender el contexto, entre ellas:

Cheque falso o ficticio

Se refiere a aquel instrumento de esta índole no considerado legal ni tampoco real. Como lo son por ejemplo los cheques girados de bancos que no existen, y los endosados por sujetos que no existen.

Intención de cometer un fraude

Para que un Juez pueda emitir una condena contra un sujeto acusado por cometer un fraude vinculado a cheques, la fiscalía debe demostrar que la intención de este era defraudar, es decir engañar a otro para obtener un beneficio.

A tal efecto se entiende que hay intención de cometer un fraude cuando un sujeto trata engañar a otro con el fin de ocasionar una pérdida económica bien sea de dinero, servicios, bienes u otro objeto de valor, cuando trata de afectar sus derechos legales, financieros o referentes a la propiedad.

Por su parte se debe mencionar que la legislación no exige que se demuestre que un sujeto efectivamente resultó perjudicado al ser defraudado o que sufrió algún tipo de pérdida, como resultado de los actos desplegados por el acusado, ya que basta con demostrar que su intención era fraudulenta.

Usar, alterar, pasar

De acuerdo a esta normativa un sujeto usa, pasa  o intenta usar o pasar algún documento, cuando  presenta a otro dicho documento como auténtico o real. Dicha presentación puede hacerse de conducta o de palabra, ya sea de modo directo o indirecto.

Por su lado se considera que un sujeto altera algún documento cuando lo anexa, borra  o cambia parte de dicho documento.

¿Qué tipos de fraudes vinculados a cheques suelen llevarse a cabo con frecuencia?

En California existen diferentes modos en que un sujeto puede cometer un fraude usando cheques, no obstante la mayoría se relacionan con que dicho instrumento no sea válido, y en la intención perseguida por el involucrado la cual es defraudar a otro.

A continuación se mencionan algunos de los fraudes de este tipo más comunes:

  • Crear choques completamente falsos.
  • Alterar la numeración de ruta de un cheque.
  • Firmar un cheque con un nombre ficticio.
  • Cambiar el nombre referente al beneficiario de algún cheque.
  • Colocar en un cheque una entidad financiera ficticia.
  • Simular la firma concerniente a otro en un cheque.
  • Modificar el monto expresado en un cheque.

¿Qué debe hacer un sujeto acusado por infringir la normativa 476 PC?

Un sujeto que enfrenta cargos fundados en fraude de cheques, lo primero que debe hacer es buscar la asistencia de un abogado que analice su situación y le indique de qué forma actuar para obtener resultados a favor.

No obstante, también puede tratar de recaudar medios probatorios que evidencien su inocencia, tales como:

Todo material que demuestre que no tenía acceso o contaba con autorización para usar cheques. Por ejemplo alguna identificación de trabajador u otro instrumento parecido.

Los testimonios presentados por quienes pueden supervisar sus actos.

Las facturas u otras pruebas de operaciones válidas.

¿Qué sanciones puede recibir un sujeto condenado por infringir la normativa 476 PC?

Debido a que los fraudes vinculados a cheques son un modo de falsificación, tal conducta criminal es castigada prácticamente de igual forma.

Al respecto este tipo de fraude se considera un wobbler, es decir que la fiscalía puede formular cargos por la presunta comisión de un crimen menor o uno grave una vez estudiados los hechos que dieron lugar al caso, sus consecuencias y los  registros penales del acusado

En relación a lo anterior, cuando la cantidad total de dinero respecto a la que se otorgó el cheque es de 950$ o un valor inferior, los cargos por fraude con cheque se consideran como correspondientes a un crimen menor. Pero cuando el cheque otorgado supera el valor de 90$ el crimen será considerado grave.

A pesar de lo anterior, hay una excepción dispuesta por la POP 47, la cual fue promulgada durante el curso del año 2014, de acuerdo a la que cuando el acusado recibe una condena por fraude vinculado a cheque y por robo de identidad según la norma 530.5 PC, el delito debe ser considerado grave sin tomar en cuenta la cantidad total de dinero contenida por el cheque.

De igual modo, hay otra excepción, de acuerdo a la que sin importar la cantidad total expresada en el cheque, cuando el acusado posee registros penales por un crimen grave violento o sexual, pueden tratarse los cargos tanto como concernientes a un crimen menor como a uno grave.

Ahora bien, siendo el caso que se emita una condena por un crimen menor de este tipo, las sanciones disponibles son:

  • Encarcelamiento por un rango de tiempo que no supere los doce meses.
  • Deber de pagar un monto que no supere los 1.000$.
  • Ambas sanciones a la vez.

Pero, si por el contrario se dicta una condena por un crimen grave de este tipo, las sanciones disponibles son:

  • Encarcelamiento por un rango de dieciséis meses, dos o tres años.
  • Deber de pagar un monto que no supere los 10.000$.
  • Ambas sanciones a la vez.

¿Puede imponerse alguna sanción a nivel civil como resultado de una sentencia condenatoria fundada en vulnerar la normativa 476 PC?

Si, un sujeto involucrado en un fraude de esta índole puede verse en el deber realizar el pago al beneficiario respecto a la cantidad total expresada en el cheque, más tres veces dicho monto. Tal monto nunca debe estar por debajo de los 100$ ni por encima de 1.500$. Esta sanción puede evadirse cuando el beneficiario ofrece la posibilidad de realizar la restitución total, además de una tarifa adicional de servicio no mayor a 25$ debido a un cheque que no tiene fondos y otra de 35$ debido al resto de los cheques ficticios posteriores que haya presentado.

¿Una condena fundada en la norma 476 PC puede afectar los derechos migratorios del condenado?

Si, este tipo de condena puede conllevar consecuencias devastadoras en cuanto a los derechos migratorios de un sujeto cuando este es un no ciudadano de los EEUU.

En tal sentido las leyes migratorias de EEUU consagran que determinadas clases de condenas pueden conllevar a la deportación o declaración de inadmisibilidad de un sujeto.

¿Pueden eliminarse los registros penales derivados de una condena fundada en la norma 476 PC?

Sí, pero sólo en caso de haber culminado satisfactoriamente el régimen de libertad bajo prueba o de encarcelamiento impuesto.

No obstante, un sujeto que viole el régimen de libertad bajo prueba impuesto aún puede optar a esta medida,  pero tal decisión quedará a criterio del Juez.

¿Qué líneas de defensas son válidas para estos casos?

Ser acusado no implica ser condenado, quizás un sujeto pensaba de buena fe que algún cheque fraudulento en realidad era legítimo, al momento de tratar de pasarlo a otro de cobrarlo. Por tal motivo antes de que un Juez pueda condenar a un sujeto por tal conducta se debe dar lugar a un proceso judicial durante el que las partes podrán consignar sus pruebas y alegatos, y en tal sentido el acusado podrá hacer todo lo que este a su alcance para demostrar su inocencia ya que sería injusto responder penalmente cuando en realidad su intención nunca fue defraudar o cometer un crimen.

A tales efectos existen varias defensas disponibles que pueden ser empleadas por un sujeto, pero escoger cual es la más acorde no es tarea fácil, ya que cada caso es diferente y por ende amerita atención única y especializada por parte de un abogado que se encargue de analizarlo y así determinar de qué modo en base a las pruebas, debe atacarse la acusación formulada por el fiscal para así lograr que el caso sea desestimado.

Las defensas que se usan con frecuencia son:

La intención del acusado no era defraudar

Un sujeto no puede ser declarado culpable por el fraude en estudio, salvo que la fiscalía pruebe que su intención específica era perpetrar un fraude. Por ende si un sujeto pasa algún cheque falso pero sin darse cuenta de que este lo es, el mismo no debe ser condenado por fraude. 

En resumen, si el acusado no tenía como intención engañar a otro para acceder a una ventaja económica, bien o servicio el abogado a cargo de la defensa puede acoger esta defensa pero la misma debe estar respaldada por pruebas sólidas.

El acusado fue identificado por error o acusado falsamente

Esta defensa puede usarse cuando un sujeto es incriminado por error debido a que fue confundido con el verdadero culpable, o cuando se presenta en su contra una acusación basada en mentiras, lo cual aunque le sorprenda ocurre con mucha frecuencia, ya que muchos pro celos o rencor acuden ante la autoridad presentando falsas denuncia para perjudicar a otro.

El acusado tenía permiso para alterar un cheque

Cuando el abogado defensor logra demostrar que el acusado modificó un cheque, bien sea al alterar la cantidad expresada en el mismo o firmar en nombre de otro, pero todo esto fue realizado con consentimiento del beneficiario del cheque, no debe declararse culpable a un sujeto por cometer un fraude vinculado a cheques.

El cheque realmente era válido

Esto puede verificarse al estudiar cuidadosamente el instrumento y los registros inherentes al saldo bancario.

Insuficiencia probatoria

Puede pasar que no hay pruebas suficientes como para demostrar que el acusado realmente es culpable de crear un cheque ficticio o de haber modificado el mismo, en cuyo escenario el  caso debe ser desestimado.

¿Hay delitos vinculados?

Si, entre ellos:

Delito

Normativa legal

Descripción

Hurto Mayor

487 PC

Un sujeto comete este crimen cuando se apropia ilícitamente de propiedad ajena cuyo valor es de 950$ o más.

 

Emitir cheques sin fondo

476 a PC

De acuerdo a esta norma es ilegal que un sujeto escriba o pase un cheque con conocimiento de que no existen suficientes fondos para cubrir su pago.

Falsificación

470 PC

Según esta norma es ilegal que un sujeto firme a nombre de otro, falsifique algún sello o la letra de otro, cambie o falsifique un documento legal, o altere, falsifique o presente a título de legítimo un documento que es falso vinculado a dinero, finanzas o propiedades.

 

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Ser tachado como sospechoso de haber cometido un crimen no resulta nada agradable, sobre todo cuando tal situación puede culminar en el dictamen de una sentencia de culpabilidad que representa tener que pasar varios años en prisión y probablemente el pago de multas.

No obstante dicha situación puede ser evitada si se ocupa de su situación y recauda todas las pruebas que permitan demostrar ante la corte que es inocente. En estos casos la inversión del tiempo es un punto clave entre más pronto consiga asesoría y se ocupe de la situación, más elevadas serán las probabilidades de obtener buenos resultados y de armar una defensa sólida e idónea.

Por ende si fue acusado por Fraude con Cheques en Chula Vista, CA es mejor que empiece a ocuparse de su situación cuanto antes. Pero no ponga la defensa de su caso en manos de cualquiera, déjela a cargo de un abogado experto perteneciente a la firma Chula Vista Criminal Attorney, donde están los mejores profesionales del área listos para asumir casos difíciles y encargarse de todo lo pertinente a procesos penales. Lo mejor de todo es que puede pedir una cita llamando a la línea 619-877-6894 o acudiendo directamente a sus oficinas. Dicha cita será planificada para una fecha y hora específica durante la cual recibirá asesoría gratuita, en la cual podrá indicar a un abogado todo lo que sabe del caso y este le dirá de qué forma puede defenderse y de qué manera pueden incidir las distintas decisiones que tome un Juez sobre su vida. No espere más, solicite asistencia hoy mismo y permanezca tranquilo al saber que un profesional del área legal se encargará de que sus derechos sean respetados y hará todo lo posible por demostrar su inocencia o al menos que sea juzgado con menor severidad.